Tras la aprobación por parte del Parlamento del Gran Río Cuarto, desde hoy empieza a regir el uso del barbijo obligatorio en las localidades de Río Cuarto, Las Higueras y Holmberg, a raíz del avance del coronavirus.
En esta ciudad, las multas irán desde 2.200 pesos hasta 66.000 pesos.
Los legislativos de esas localidades sesionaron el jueves por separado y aprobaron sus respectivas ordenanzas y luego se llevó a cabo por videoconferencia la sesión del Parlamento del Gran Río Cuarto, en la que se confirmó la obligatoriedad del tapabocas.
“Quiero agradecer a los concejales de los distintos bloques por aprobar la ordenanza para el uso obligatorio del tapaboca en nuestra ciudad. Esto nos va a permitir seguir cuidándonos entre todos. Sigamos por este camino”, dijo el intendente Juan Manuel Llamosas en su cuenta de Twitter.
Según se informó oficialmente, “la medida comenzará a regir a partir de la cero hora del sábado 2 de mayo”, esto es a partir de hoy.
Textualmente se difundió lo siguiente: “El Parlamento del Gran Río Cuarto aprobó por unanimidad el uso obligatorio de elementos de protección que cubran la nariz, boca y mentón, tipo barbijo casero o social, tapaboca, cobertor de tela, mascarillas o elementos de producción casera, para circular en la vía pública, ingresar o permanecer en espacios públicos y privados de libre acceso de cualquier índole, locales comerciales, plantas industriales, centros de salud públicos y privados y medios de transporte públicos y privados”.
La decisión legislativa se tomó luego de que los intendentes Llamosas, Alberto Escudero (Las Higueras) y Miguel Negro (Holmberg) acordaran hacer obligatorio su utilización, luego de la recomendación hecha por el Centro de Operaciones de Emergencias.
El objetivo central es seguir velando por la salud pública de la población.
“El Concejo aprobó por unanimidad la ordenanza que obliga a los vecinos de Río Cuarto al uso obligatorio de tapabocas o barbijos para circular en espacios públicos o privados de libre acceso”, indicó a Puntal el presidente del cuerpo deliberativo, Darío Fuentes.
“El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente será sancionado con multa de una (1) a treinta (30) UM de conformidad al régimen previsto en la Ordenanza N° 268/1985 y sus modificatorias”, dice la normativa.
Al respecto, el concejal de Cambiemos Manuel Betorz señaló a Puntal que “las sanciones van desde los 2.200 pesos hasta los 66.000 pesos”.
La autoridad de aplicación será la Secretaría de Control y Prevención Ciudadana. Las multas serán en forma progresiva y los montos los fijarán los jueces de faltas.
Marcelo Irastorza. Redacción Puntal

