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“El fin del Vía Crucis”: ¿el verdadero motivo del viudo para ir al juicio?

La defensa de Marcelo Macarrón dio a conocer los argumentos que esgrimió el traumatólogo para aceptar ir al banquillo. En el mismo escrito, puntualizó las disidencias con el fiscal que lo acusa del crimen por encargo

¿Qué cambió en los últimos dos años para que la defensa de Marcelo Macarrón pasara de mover cielo y tierra para sacar de en medio a un fiscal que estaba al filo de llevarlo a juicio como presunto autor material del crimen de su esposa, a la sorpresiva decisión de las últimas horas de renunciar a cualquier tipo de apelación y aceptar ir cuanto antes a un juicio oral y público?

El interrogante que dejó instalado el paso del traumatólogo por Tribunales el jueves pasado, cinco minutos antes de que cerraran las barandillas de atención al público, tiene varias respuestas posibles.

 Una es la que esgrimió el viudo  a través de sus abogados: la necesidad de terminar con el “Vía Crucis” que implica estar desde hace 13 años en el centro de las sospechas. “Ya llevo años en el banquillo de los acusados, terminemos con esto de una vez y vayamos a juicio” fue, según Marcelo Brito, el pedido expreso que le formuló su cliente, cuando se aprestaban a armar el escrito de oposición a lo que había dispuesto el fiscal Luis Pizarro.

Otra lectura posible tiene que ver con la diferencia de tenor entre la acusación que en su momento formuló Daniel Miralles y la que plasmó ahora su sucesor. 

Basta un breve ejercicio de memoria: en 2017, el fiscal Miralles tenía al viudo imputado de ser el autor material del crimen de su esposa y una de las pruebas cruciales era el ADN que colocaba al acusado en la escena del crimen. 

Ahora, el funcionario que reemplazó a Miralles cuando fue eyectado de la causa relativizó la prueba genética, al punto de mencionarla tangencialmente en la nueva acusación, y centró sus sospechas en “las desavenencias matrimoniales”  que venían manteniendo el acusado y la víctima.

La hipótesis de Pizarro sostiene que Macarrón mandó a matar a su esposa por motivos económicos, y en esa línea se centra el requerimiento de elevación a juicio.

Remarca que cuando Marcelo Macarrón y Nora Dalmasso se casaron no disponían de un gran capital y que la mayoría de los bienes que fueron acumulando los consiguieron por vía del traumatólogo y no de su esposa, quien tenía un trabajo de medio turno por el que recibía un modesto salario.

Frente a la posibilidad de una ruptura matrimonial sostuvo que Macarrón no iba a aceptar dividir los bienes en partes iguales. Ese, según Pizarro, es uno de los indicios que existen contra el imputado.

En el escrito de 180 páginas, describe infidelidades mutuas. Sobre todo se detiene en el testimonio de una amante de Macarrón, Alicia Cid, una exempleada de Tribunales que reconoció haber mantenido una relación sentimental con él durante veinte años.

Esa mujer que, poco después del crimen de la Villa Golf, huyó despavorida de la ciudad y llegó a refugiarse con unas monjas en San Luis por temor a sufrir el mismo final que Nora, no sólo describió al traumatólogo como una persona “avara” y “re pijotera”, sino que cuando la fiscalía le preguntó si alguna vez Macarrón le había dicho qué hipótesis tenía sobre la muerte de Nora, la respuesta del imputado fue sugestiva.

“Yo le pregunté directamente quién creía que podía haberlo hecho, pero él me respondió con un lenguaje gestual consistente en bajar la cabeza hacia la derecha y, sin mirarme, me decía que no”.

Cuando le preguntaron qué interpretó la testigo con ese gesto, agregó: “que no decía todo lo que sabía”. 

En la entrevista que Marcelo Brito mantuvo con Puntal y La Voz del Interior en los nuevos tribunales, el histriónico abogado buscó restarle valor al testimonio de Cid con el argumento de que es una persona que padece “delirios”, a causa de las afecciones de salud que sufre.

Habrá que ver qué peso adquieren las palabras de Cid en un futuro juicio y si los indicios que fue reuniendo Pizarro alcanzan para demostrar la acusación. 



Las disidencias



En el escrito de 39 páginas que la defensa del viudo acompañó en la fiscalía, junto con la noticia de que no iban a oponerse al juicio, dejaron asentadas las disidencias con el fiscal.

“El requerimiento adolece de una vituperable orfandad probatoria tan inmensa que transforma la aparente fundamentación de la acusación en la nada misma”, afirman.

Estos son los párrafos sustanciales que resumen la postura defensiva de Macarrón.

-El pacto criminal:  El Acusador Público refiere en su requerimiento que en ese desconocido acuerdo o pacto criminal la decisión de dar muerte a mi esposa obedeció a la existencia de “desavenencias matrimoniales”. Huelga destacar que en este tramo el señor Fiscal de Instrucción utiliza como hecho que se me reprocha una expresión vaga, difusa, indeterminada, carente de precisión. La pregunta obvia es ¿cuáles hechos constituyen lo que el Acusador Público refiere como “desavenencias matrimoniales”?



-El móvil:  La lectura de la acusación introduce a este proceso penal un hecho que integraría el móvil por el cual yo realicé el pacto criminal. Ese hecho, no contenido en la intimación ni tampoco referido en el hecho constitutivo de la acusación, sería que tercero o terceros dieran muerte a mi esposa para evitar que como consecuencia de un divorcio quien era mi cónyuge obtuviera en la liquidación judicial de la sociedad conyugal el cincuenta por cientos de los bienes gananciales. Sobre este punto parece acaso ocioso destacar que la introducción de ese móvil en la acusación constituye un vicio sustancial por afectar derechos constitucionales, convencionales y legales, tales como los de debido proceso y defensa en juicio.



-Cómplices: En ese cúmulo de defectos de la acusación cabe destacar también que ésta refiere que mi socio o socios (adláter/es) querían también la muerte de mi esposa para “…obtener una ventaja, probablemente política y/o económica del estrépito de la eventual muerte…”.

Si bien se mira, y principalmente si bien se piensa, es claro, de claridad meridiana, que esa afirmación resulta marcadamente imprecisa, vaga, indeterminada y carente de referencias circunstanciales tales como personas, tiempo, lugar y modo. Por ende, también en este tramo la acusación es absolutamente irregular.



-El sicario: Habiendo estimado concluida la investigación, el señor Fiscal de Instrucción no logró adquirir para el proceso ningún elemento probatorio con eficacia convictiva para construir un juicio fundado de probabilidad respecto a que la muerte de Nora haya sido producto del obrar de al menos un “sicario”. Y más aun. En la tarea investigativa que le era propia, y que consideró cumplida, jamás obtuvo para el proceso cuanto menos un solo elemento de prueba que le permitiera sostener con fundamento fáctico y legal que era probable que la muerte de mi esposa obedeció a la ejecución de un plan criminal espurio en el que en virtud de lo pactado con tercera/s persona/s y conmigo el autor o autores de la muerte recibió/recibieron previamente un precio o, en cambio, mató/mataron a Nora en virtud de una promesa remuneratoria anterior a la ejecución del enormemente execrable y vituperable crimen.

El estudio de la causa permite afirmar que jamás introdujo al plexo probatorio acumulado durante más de doce años de una zigzagueante investigación penal, elemento de prueba alguno que le permitiera construir al menos un juicio fundado de sospecha de que la/s persona/s que dio/dieron muerte a mi cónyuge, cometió/cometieron el crimen en virtud de un acuerdo criminal previo con otra/s persona/s y también conmigo y, además, que formó parte de ese concierto criminal el pago de un precio o una promesa remuneratoria.



-La escena del crimen: Asimismo, cuando afirma la supuesta infidelidad de los agentes que intervinieron en la escena del crimen, supuestamente vulnerándola con la presencia de 23 personas, pero, también, realiza inferencias sobre la profesionalidad del supuesto sicario en base, justamente, a cómo se encontraba el lugar donde fue hallada sin vida la víctima del hecho criminal que aquí se investigó (¿cómo puede decirse que los autores era/eran profesionales en base a la escena del crimen y atribuir, al mismo tiempo, irresponsabilidades en su conservación? Es una pregunta que, con humildad, yo y mis defensores debemos expresar que no hemos encontrado respuesta).

A pesar de estas objeciones, los defensores señalaron que la decisión de Macarrón pesó más que los argumentos. 

Por eso habrá juicio.