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La Sociedad Rural Argentina presentó un amparo contra las retenciones en Córdoba

Nicolás Pino, presidente de la entidad, confirmó la presentación junto a la Rural de Jesús María. Se suman las de Río Cuarto, Adelia María, General Cabrera y Vicuña Mackenna.

Así lo anunció hoy el presidente de la SRA, Nicolás Pino, en el marco de una conferencia de prensa ofrecida la sede de la entidad en la Capital Federal, junto con dirigentes ruralistas del interior del país.

"Presentamos este recurso de amparo porque las retenciones son inconstitucionales. Para que exista un tributo tiene que haber una ley", señaló Pino.

Los abogados que presentaron el recurso en los tribunales federales de Córdoba argumentan que cuando el Congreso rechazó el proyecto de Presupuesto 2022 que había enviado el Gobierno, junto con ello, desaprobó un articulo que permitía al Gobierno cobrar los derechos de exportación.

En ese sentido, los letrados hicieron referencia a la ley de Solidaridad aprobada al inicio del mandato de Alberto Fernández que buscaba revertir la reforma fiscal del 2017, en la cual se estableció un sendero de reducción gradual de derechos de exportación. El argumento es que para poder seguir cobrando, se debería haber prorrogado la Ley de Emergencia.

Pino señaló que "se pretende que esta discusión se dé en el Congreso porque hoy el cobro no tiene sustento", y dijo que luego quedará para el Poder Legislativo establecer "cuál puede ser el mejor sistema tributario".

Los ruralistas indicaron que en los próximos días habrá presentaciones de otras entidades. Tal como anticipó Puntal, se sumarán acciones judiciales de las rurales de Río Cuarto, Adelia María, General Cabrera y Vicuña Mackenna.

Los abogados que presentaron el recurso en los tribunales federales de Córdoba argumentan que cuando el Congreso rechazó el proyecto de Presupuesto 2022 que había enviado el Gobierno, junto con ello, desaprobó un articulo que permitía al Gobierno cobrar los derechos de exportación.

Los dirigentes además explicaron que prefirieron pedir un "amparo" a una medida "cautelar" que en caso de resultar favorable hubiera obligado al Gobierno a dejar de cobrar el tributo de manera inmediata.

Por tratarse de un planteo de constitucionalidad, es probable que termine definiendo la Corte Suprema.

Desde el Gobierno se argumenta que el cobro de retenciones está contemplado en los artículos 755 y 756 de la Ley de Código Aduanero.

El primero de ellos autoriza al Poder Ejecutivo a cobrar el impuesto, pero no fija alícuota, y el segundo indica que se podrá cobrar siempre de acuerdo con las normas internacionales aceptadas por la Argentina.

Estos dos artículos son objeto de discusión sobre su validez.

Para algunos constitucionales no serían legales y para otros sí, e incluso hay proyecto de ley presentados por diputados para pedir su derogación.