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Trabajadores de plataformas digitales: entre informalidad y falta de derechos

Desde 2015 la OIT viene estudiando las condiciones laborales de aquellos que, a través de aplicaciones, trabajan en la repartición de comida, limpieza de casas o delivery de compras. Los Estados y algunas iniciativas privadas, buscan ampliar sus derechos

El surgimiento de las plataformas digitales de trabajo ha supuesto uno de los cambios más importantes acontecidos en el mundo del trabajo en los últimos años. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “la economía de plataforma se basa en las plataformas en línea, en las cuales el trabajo se terceriza mediante convocatorias abiertas a una audiencia geográficamente dispersa (una modalidad también conocida como crowdwork), y las aplicaciones (o apps) móviles con geolocalización, en las que el trabajo se asigna a individuos situados en zonas geográficas específicas”. Estas tareas suelen llevarse a cabo a nivel local y están orientadas al servicio, como el transporte, las compras o la limpieza de casas.

Desde 2015, la OIT ha estado estudiando las plataformas laborales digitales con miras a comprender las repercusiones de esta nueva forma de organización del trabajo en los trabajadores y el empleo en general. Glovo, Rappi, Pedidos Ya, se convirtieron cada vez más en una fuente laboral para muchos.

Los problemas para los trabajadores de las plataformas guardan relación con las condiciones de trabajo, la regularidad del trabajo y de los ingresos, y la imposibilidad de gozar de los derechos a la protección social, la libertad de asociación y de negociación colectiva. Las horas de trabajo suelen ser prolongadas e imprevisibles. La mitad de los trabajadores de plataformas digitales ganan menos de 2 dólares de los Estados Unidos por hora. Además, en algunas plataformas hay brechas notables de remuneración.

“Muchas empresas se topan con el problema de la competencia desleal, la falta de transparencia con respecto a los datos y la fijación de precios, además de comisiones costosas. Por su parte, las pequeñas y medianas empresas (pymes) tienen dificultades para acceder a financiación y a infraestructura digital”, señala el informe ‘Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo’ de la OIT (2021).

Al tratarse de una relación laboral aún no regulada no existen estadísticas oficiales. Un relevamiento realizado durante 2019 por Cippec y OIT, calcula que existen cerca de 160.000 trabajadores de plataformas digitales en todo el país (1% de la población activa), de los cuales unos 60.000 son de reparto. El estudio afirma que los mismos cuentan con un nivel educativo mayor al de la población ocupada en general y se encuentran sobrecalificados respecto de las tareas que realizan. Casi 4 de cada 5 trabajadores de plataformas digitales son hombres, con una edad promedio de 38 años. Para el 60 por ciento de los encuestados, la plataforma es su principal fuente de ingresos.

Esta semana se conoció que la ministra de Trabajo, Raquel Olmos, enviará al Congreso un proyecto de ley que tendrá como objetivo ampliar el marco de derechos laborales de los trabajadores de plataformas digitales. La funcionaria indicó que la iniciativa es parte de un trabajo conjunto de su cartera con el Ministerio de Economía.

Mientras tanto, dos cordobeses idearon una app para apoyar a los repartidores de pedidos por aplicaciones. Diego Amondaray y Florencia Moroni fundaron una plataforma llamada Nippy que contiene a los deliverys. La plataforma cuenta con prestaciones para los repartidores como un plan de telefonía, financiamiento de herramientas de trabajo y seguros contra accidentes. Además, tiene un espacio para que los repartidores puedan sentarse a almorzar, calentar la comida, tomar o calentar agua e ir al baño. Nippy cuenta desde hace algunos años con el apoyo de la Agencia Innovar y Emprender del gobierno de la Provincia de Córdoba.

De cara al futuro

Según la OIT; “el hecho de que las plataformas digitales de trabajo operen en varias jurisdicciones plantea la necesidad de diálogo y coordinación de políticas hacia una seguridad reglamentaria y la aplicación de las normas internacionales del trabajo”. Al mismo tiempo, exhortan a los Estados a lograr objetivos que permitan una clasificación correcta de la situación laboral de los trabajadores, transparencia y rendición de cuentas respecto de los algoritmos, el derecho a los trabajadores de negociar colectivamente, acceso a seguridad social y a los tribunales de la jurisdicción local.

Por Fernanda Bireni