En un fallo del Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4.ta Nominación de la ciudad de Córdoba se brindó una resolución ejemplar en tanto que consideró que una joven madre fue víctima de violencia obstétrica, física y psicológica cuando dio a luz a su hija, ya sin vida, en una clínica privada. Organizaciones sociales que trabajan sobre la temática piden medidas desde hace años ante repetidos hechos de violencia a las mujeres al momento de dar a luz.
La jueza Mariana Wallace emplazó a las autoridades del nosocomio cordobés para que en 30 días presenten un protocolo de capacitación en la temática destinado tanto a los profesionales de la salud como al personal administrativo. Además, les exigió el desarrollo de un protocolo de expedición de certificado de defunción fetal y uno que garantice a las mujeres contar con la información necesaria respecto de los derechos que les asisten antes, durante y con posterioridad al parto, con o sin vida, incluso tratándose de abortos.
Por esto, la clínica deberá publicar información sobre la temática en lugares visibles, como salas de espera, barandillas y páginas web.
De acuerdo con lo que indica el fallo, el tribunal concluyó que, durante el parto, la mujer no fue debidamente informada sobre su situación de salud ni respecto a quién fue el profesional que la asistió.
“No se puede pensar en un trato personalizado (lo que involucra de algún modo la intersubjetividad) desconociendo quién fue el/la profesional que la asiste. A D. F. P. no se le reconoce su condición de sujeto interlocutor”, expresó Wallace. En tanto, la resolución señala que la damnificada “se encontró con un desenlace no asumido emocional ni racionalmente, por no haber sido acompañada en su singularidad”. También destaca que la joven mujer “no contó con el acompañamiento, durante la totalidad del parto, de una persona de su confianza”, dijeron.
En esta línea la jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género consideró que “D. F. P. transitó en la clínica un proceso de parto en las antípodas del parto humanizado, se le proporcionó un parto deshumanizado y deshumanizante. El comportamiento de la clínica con posterioridad a tal evento, que gira en torno a la entrega de los restos del alumbramiento sin vida y la documentación correspondiente, fue cuando menos negligente y cruel”.
Sin previa consulta
Por otra parte, la magistrada declaró que en el nosocomio se realizaron prácticas obstétricas sin previa consulta y sin ofrecer ningún tipo de información sobre sus implicancias, lo que representó una infantilización de la paciente, que anuló e inhibió todas sus posibilidades de tomar decisiones sobre su salud sexual y reproductiva.
En el fallo sobre los hechos ocurridos en 2016, se contempla que desde entonces la damnificada no puede afrontar la hipótesis de proyectarse en una futura maternidad y vincula tal imposibilidad al trauma que se le generó. Por esta razón, la jueza dispuso que el nosocomio deberá costear un tratamiento psicológico para la mujer que le permita sobrellevar lo vivenciado.
Finalmente, la resolución del juzgado cordobés dio cuenta de una enfermera de la institución a la que se menciona de manera anónima, en tanto que no pudo ser identificada, que fue la responsable de habilitar a la paciente a ejercer su derecho a estar acompañada por una persona de su confianza, al menos, de modo intermitente.
“Cabe rescatar, en un marco de inhumanidad extrema, la figura de una enfermera que, diferenciándose de sus pares y cuerpo médico, trató a D. F. P. con la dignidad que se merece en las circunstancias de parto, y dentro de sus posibilidades laborales (…) no todo está perdido en la clínica, hay, al menos, una enfermera que merece ser reconocida por desempeñarse a la altura de la circunstancias. Pese a desconocer su identidad, no puede menos que poner en valor su figura, mano tendida que la sostuvo y evitó la caída de D. F. P. a un abismo más profundo”, resaltó la jueza Wallace en su fallo.