Río Cuarto |

Advierten por numerosos juicios si la nueva modalidad afecta a jubilados

Dos abogados riocuartenses señalaron que, de acuerdo a la Constitución Nacional, no se puede avanzar en una ley que vaya en detrimento de los pasivos más vulnerables del sistema. Se esperan mayores detalles del proyecto

Los cambios en la movilidad jubilatoria que se están analizando por estos días a nivel nacional generan preocupación entre los pasivos. En ese sentido, los abogados Ignacio Fernández Sardina y Enrique Novo consideraron que, en caso de que la nueva normativa afecte a los adultos mayores más vulnerables, es esperable que se desencadene una importante cantidad de juicios contra el Estado.

“La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya ha dicho que no puede cercenarse el derecho a la movilidad. De esta manera, las jubilaciones deben ajustarse con una proporcionalidad razonable con respecto a la suba de los haberes que registran los activos. Si esa proporcionalidad se ve afectada, va a haber una importante cantidad de juicios. De todas formas, eso beneficia al Gobierno (de Alberto Fernández) porque no los va a tener que salir a pagar mañana, sino que se abonarán dentro de 5 o 10 años. Al respecto, hay que decir que muchos jubilados quedan en el camino y no llegan a cobrar el juicio, aunque sí sus familiares”, explicó Fernández Sardina.

-¿Puede justificarse una movilidad menos favorable en el marco de la crisis que se vive?

-La Corte Suprema ya ha dijo que, aun en situaciones de emergencia, se puede ajustar, pero no en detrimento de parte de un derecho de los jubilados. En el 2001, con una situación social más grave que la actual, se aplicó una movilidad que perjudicó a los jubilados y la Corte falló en contra, fue inflexible. Constitucionalmente, los jubilados son considerados una población vulnerable.

Por su parte, Enrique Novo aseveró que hay que esperar a conocer la letra final de la ley para evaluar si es más conveniente o no que la que estuvo vigente hasta diciembre pasado y que actualmente está suspendida en el marco de la declaración de emergencia.



Pueden reclamar



“Si bien hay que esperar, no significa que los jubilados que quieran iniciar un reclamo por reajuste por las implicancias de la ley de emergencia no tengan el derecho de hacerlo. No obstante, para saber si la nueva ley será beneficiosa o perjudicial hay que esperar. La Corte Suprema dice que el haber jubilatorio debe tener relación con el ingreso de los activos. Además, plantea que se debe respetar el principio de progresividad. Es decir, las nuevas normas que regulen la situación de los jubilados deben ser más beneficiosas que las que están vigentes. Estamos haciendo referencia a los jubilados que cobran los haberes más bajos. En el caso de los que tienen una jubilación mayor, estos pueden iniciar demandas bajo el derecho de propiedad constitucional que asegura que se mantengan las normas que regían al momento de que la persona se jubiló”, detalló Novo.

-¿Es apresurado hablar de una catarata de juicios contra el Estado?

-Eso se va a dar si la nueva ley es notoriamente perjudicial con respecto a la normativa vigente a diciembre pasado. Si se perjudica a los jubilados puede haber muchos juicios.

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