La Caja de Jubilaciones de Córdoba apeló y el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia deberá definir si es constitucional la quita a los jubilados en el marco de la Ley de Equidad. La Cámara de 3ª Nominación de Córdoba hizo lugar al amparo pre sentado por una jubilada provincial y declaró inconstitucional parte de la reglamentación de la Ley 11.087. Por ello, la Caja recurrió la resolución y ahora será el Tribunal Superior el que deberá resolver sobre el primer fallo de fondo contra la reducción de haberes. De esta forma, la disputa judicial por la reducción de haberes a jubilados provinciales sumó un nuevo capítulo y quedó ahora en manos del Tribunal Superior. En rigor, la Caja apeló el fallo de la Cámara de 3ª Nominación que había hecho lugar al amparo presentado por una jubilada y ordenado que no se le apliquen descuentos previstos en la Ley 11.087. La resolución judicial se convirtió en el primer pronunciamiento de fondo sobre la cuestión y cuestionó especialmente la reglamentación posterior impulsada por el Ejecutivo provincial.
La Caja apeló y el TSJ deberá definir si es constitucional la quita a jubilados
La Cámara de 3ª Nominación de Córdoba hizo lugar al amparo presentado por una jubilada provincial y declaró inconstitucional parte de la reglamentación de la Ley 11.087. El organismo previsional recurrió la resolución

