El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Peticiones, Poderes y Reglamento volverá a reunirse desde las 14 para pasar a la firma de los dictámenes, tal cual se fijó en el emplazamiento votado en la última sesión.
De esta manera, el nuevo régimen de DNU, que ya tiene media sanción del Senado, estará listo para ser votado en el recinto de la Cámara de Diputados en la próxima sesión, prevista para el miércoles 8 de octubre.
La avanzada de la oposición respecto de este tema puso en guardia al Gobierno, que asiduamente echa mano a los DNU para ejecutar políticas en lugar de enviar proyectos de ley al Congreso, algo que está explícitamente prohibido por el artículo 99 de la Constitución (inciso 3).
El instituto especial de DNU fue diseñado en la reforma constitucional de 1994 con la intención de que los gobiernos de turno pudieran dar respuestas excepcionales en circunstancias extraordinarias que no pueden esperar los tiempos institucionales del Congreso.
En 2006, a instancias de un proyecto de la entonces senadora Cristina Kirchner, se aprobó la ley 26.122 que blindó los DNU presidenciales y dejó a la oposición de turno prácticamente sin capacidad para derogar los decretos.
La ley vigente establece que con la aprobación de una sola cámara de Congreso el decreto queda en pie y quedan vigentes sus efectos jurídicos.
A la inversa, se necesita del rechazo de ambas cámaras para poder voltear decretos, algo que se logró en muy contadas ocasiones.
Con la ley propuesta ahora por el Senado bastaría con el rechazo de una sola cámara para anular el decreto.
Pero además, todo DNU tiene 90 días desde su publicación en el Boletín Oficial para lograr su convalidación en el Congreso; caso contrario pierde su validez y efecto jurídico.
A su vez, la iniciativa dispone que “rechazado un DNU o de delegación legislativa el Poder Ejecutivo no podrá dictar otro que verse sobre la misma materia durante ese año parlamentario”.