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Canals: el remate de un edificio declarado patrimonio histórico desató la polémica

La subasta se debe a una demanda del año 96 de un cliente que perdió sus ahorros tras la quiebra de la mutual de la Sociedad Española. Desde la comisión de la entidad aseguraron que la resolución va contra una ordenanza

En los últimos días se conoció la noticia de que por un juicio el edificio de la Sociedad Española de Canals irá a remate y la situación encendió una fuerte polémica. Y es que la novedad causó gran conmoción entre quienes están a cargo del lugar, ya que el mismo fue declarado por ordenanza Patrimonio Histórico y Cultural en el año 2014, tras ser aprobado el proyecto por el Concejo Deliberante. El proceso judicial inició en el año 1996, cuando por malos manejos financieros la mutual de la entidad quebró dejando sin sus ahorros a varios socios que habían depositado allí su dinero. Los perjudicados definieron ir por vía judicial para cobrar pero con el pasar de los años la mayoría desistió. No obstante, uno de ellos siguió adelante y actualmente, tras una resolución judicial que trabó un embargo sobre el inmueble, el damnificado recibirá resarcimiento a partir del dinero proveniente de la subasta.

El caso está en manos del Juzgado de La Carlota y por estas horas los actuales miembros de la comisión buscan alcanzar un acuerdo para “evitar que el edificio quede en manos de privados”.

Así lo indicó Joel Albertoni, quien está a cargo de la institución. En diálogo con Puntal comentó que “si bien había muchos acreedores que hicieron juicio en el año 1996, con el tiempo y el pasar de las comisiones, decidieron dimitir y a otros se les pagó por la deuda, pero hoy en día quedó uno solo en juicio. Esta persona que demandó ya falleció pero deberán cobrar sus herederos”. Asimismo, cuestionó a la actual administración municipal por no accionar con rapidez para impedir que el espacio pase a manos privadas, ya que se trata de “una esquina histórica que está en frente de la plaza, en pleno centro, y pertenece a toda la comunidad”.

A su vez, sostuvo que “todos los que estamos en el instituto hacemos esta tarea ad honorem, nadie cobra, solo se utilizan los espacios. Hemos mantenido el lugar como hemos podido”.

En los últimos años, en la sede de Sociedad Española se impartían diversas capacitaciones y también funcionaba un gimnasio.

Demandas

La mutual de la Sociedad Española, entre sus diversos servicios, ofrecía créditos a sus clientes pero debido a malos manejos en torno a dichos préstamos, la entidad no pudo seguir funcionando y quebró, perjudicando a varios socios que habían depositado en la institución sus ahorros. En el año 1996 varios de los damnificados decidieron demandar a la entidad para recuperar su dinero. Con el paso del tiempo, la mayoría de ellos definió no continuar con el proceso y algunos llegaron a acuerdos, pero un juicio siguió vigente y es por este que se determinó desde la Justicia un embargo. Por estas horas, se inició el proceso de subasta del edificio y con lo recaudado se pagará el resarcimiento al cliente afectado en su momento.

El remate de las instalaciones, según recalcaron desde la actual Comisión a cargo del lugar, se contrapone a lo establecido en la Ordenanza N° 1152/2014 que perseguía el objetivo de conservar el espacio declarado Patrimonio Histórico y Cultural de la localidad, aunque cabe aclarar que esta normativa no tiene alcance provincial, ya que el proyecto no fue presentado ante la Legislatura.

En la legislación municipal se considera que “es necesario proteger los bienes inmuebles construidos en la localidad y en particular preservar y poner en valor les edificios históricos y/o arquitectónicos que caracterizan y otorgan identidad a la población y su entorno. Que además nuestra localidad fue asentamiento de inmigrantes que llegaron desde diferentes lugares; que los edificios cuya historia son parte de la cultura del pueblo por su significativa participación en la fundación y evolución de la misma, es necesario que sean declarados patrimonio histórico y cultural de la localidad”. Por ello, en el artículo 1° se establece que “el Departamento Ejecutivo Municipal, en virtud de las facultades que le confiere el Art. 123 de la Constitución Nacional, los Art. 65, 180 y 185 de la Constitución Provincial y el Art.30 Inc 30 de la Ley Orgánica Municipal 8102, declara como Monumento Histórico y Patrimonio Cultural de la localidad de Canals al edificio sito en la calle Unión y San Martín, donde funcionaba la Sociedad Española de Socorros Mutuos, el cual fue construido en el año 1912, por su Valor Tipológico, Estético y Arquitectónico y su Valor Histórico-Social y Documental”. Y en este sentido, en el artículo 2° se aclara que “no podrá realizarse ninguna alteración sobre el inmueble mencionado en el Art. 1) sin la autorización del H.C.D. mediante Ordenanza respectiva. No podrá ser modificada ni ampliada su construcción, como tampoco cambiar de uso o destino”.

Y por último en el artículo 3° se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a “condonar tasas y contribuciones impagas existentes y en adelante eximir del pago de las mismas a partir de la sanción de la presente Ordenanza, sobre el inmueble”.