Córdoba deberá adherir a la ley de zonas frías para que el descuento se pueda aplicar al gas envasado. Así se lo informó la subsecretaria de Hidrocarburos de la Nación, Maggie Videla, al Defensor del Pueblo de Río Cuarto, Ismael Rins que, junto a otros de sus pares, le había pedido una rápida implementación del beneficio a los usuarios no conectados por red.
La petición fue planteada por las defensorías del pueblo de Tandil, Mar del Plata y Río Cuarto, por medio de una solicitud formal presentada el 27 de julio pasado.
En aquella oportunidad, los ómbudsman le pedían a la Secretaría de Energía de la Nación que "se realicen, con la mayor celeridad posible, las acciones tendientes para que los usuarios de gas envasado gocen de idénticos beneficios a los que poseen los usuarios de gas por redes", tal como establece el artículo 7 de la ley de zonas frías, que amplía geográficamente el esquema de subsidios fijado en 2002.
Dicha ampliación incluye -entre otros- a Río Cuarto como beneficiario del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas que, tal como establece el artículo 75 de la ley 25.565 (Presupuesto 2002), financia las compensaciones tarifarias a las distribuidoras de gas natural y gas licuado de petróleo. Y, por otro lado, "la venta para uso domiciliario de cilindros, garrafas, o gas licuado de petróleo".
Para implementar el régimen de compensación y beneficios a los usuarios de gas licuado de petróleo, la Secretaría de Energía dictó la resolución 192/2015, donde se reserva la facultad de fijar las compensaciones económicas de mínima para el gas envasado. Además, establece que los destinatarios de los subsidios serán los mayoristas y también los consumidores finales, por medio de registros de usuarios.
Según explicó Videla, allí "en cumplimiento del principio constitucional del respeto a las autonomias provinciales, se estableció que las provincias deben adherir a dicha reglamentación para que los usuarios puedan gozar de los beneficios otorgados por dicho fondo fiduciario".
Notas a los gobernadores
"Por ello, y con la finalidad de cumplir con el objetivo perseguido por la Ley N° 27.637 (zonas frías), como es lograr que el beneficio del sistema en cuestión llegue a la mayor cantidad de usuarios, se informa que desde la Secretaría de Energía, se han remitido el 27 de julio de 2021, notas a los Gobernadores de las Provincias alcanzadas por la nueva legislación, invitándolos a la adhesión de la normativa vigente, para la implementación del sistema correspondiente que permita ampliar el número de beneficiarios alcanzados", concluye su misiva la subsecretaria de Hidrocarburos de la Nación, Maggie Videla.

