Río Cuarto |

La Justicia ordenó el cese de descuentos por Ganancias a un jubilado de la Epec

El juez Carlos Ochoa emitió una medida cautelar por la que ordenó a la Afip la suspensión de la retención por seis meses. Se trata de un fallo inédito en la provincia de Córdoba. Satisfacción en los abogados
y en el Sindicato de Luz y Fuerza local

El Juzgado Federal de Río Cuarto emitió una medida cautelar que beneficia a un jubilado de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) por los descuentos sufridos en concepto de impuesto a las Ganancias. Así, al menos provisoriamente, el adulto mayor dejará de padecer retenciones sobre sus haberes.

La abogada Cristina Azocar explicó a Puntal que, en virtud de las deducciones en cuestión, a través del Sindicato de Luz y Fuerza de Río Cuarto convocaron a los afiliados a una reunión informativa con el objeto de comunicarles las posibilidades de plantear la inconstitucionalidad de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Seguidamente, se conformaron grupos de jubilados para realizar las presentaciones individuales ante la Justicia Federal para solicitar que se declare la mencionada inconstitucionalidad y se ordene, en consecuencia, la restitución de las sumas ilegítimamente retenidas por el periodo de prescripción.

Al mismo tiempo se solicitó, para cada caso particular, una medida cautelar a los fines de que se ordene a la Afip (Administración Federal de Ingresos Públicos), hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, suspender los descuentos en concepto de impuesto a las Ganancias realizados sobre los haberes previsionales de los jubilados de la Epec.

Además del estudio Azocar, las acciones también estuvieron a cargo del abogado Ignacio Fernández Sardina.

La buena noticia para los pasivos es que, en las últimas horas, el juez federal Carlos Ochoa resolvió hacer lugar al pedido de los letrados.

En ese marco, el magistrado ordenó a la Afip que arbitre los medios necesarios a fin de que se abstenga de descontar y/o retener el impuesto a las Ganancias correspondiente al haber previsional del accionante por un plazo de seis meses desde la presente resolución o hasta el dictado de la sentencia que resuelva el fondo de la cuestión, lo que ocurra primero, con comunicación a la Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba.

“La resolución del juez federal es muy positiva y cuenta con sólidos argumentos, respecto de los cuales se destaca que, para el caso, no se tuvieron en cuenta razones de enfermedad ni edad avanzada (ancianidad), como ocurrió en otros precedentes, sino que se consideró que el estado jubilatorio del actor resultaba suficiente para dar por acreditados los presupuestos de verosimilitud del derecho, y el peligro en la demora y la causa de un grave e irreparable daño”, afirmó Azocar.

“Estamos muy contentos con lo resuelto en relacion a la medida cautelar presentada porque entendemos que esta decisión, de alguna manera, es un paliativo para los jubilados de la Epec que vienen siendo objeto de vulneraciones a sus derechos de manera incesante y, en este caso puntual, en relación nada más ni nada menos que a sus haberes. Lo resuelto en el día de hoy (por ayer) es un importante  precedente a nivel provincial y nacional que seguramente va a ser valorado positivamente para futuros reclamos”, agregó.

Cabe remarcar que el fallo es el primer antecedente en su tipo en toda la provincia de Córdoba.  

A su turno, el secretario general del Sindicato de Luz y Fuerza de Río Cuarto, Julio Chávez, dijo a Puntal que están satisfechos con la decisión adoptada por la Justicia Federal.



Salarios



“El fallo es más que positivo porque después de un largo tiempo conseguimos una respuesta frente al reclamo que desde hace años estamos levantando y que tiene que ver con que no se puede aplicar un impuesto sobre los salarios de los trabajadores. Ahora la Justicia nos ha dado la razón con un compañero jubilado de la Epec”, indicó Chávez.

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