En diálogo con Puntal, los abogados querellantes Gustavo Liebau y Mariángeles Mussolini reclaman el juicio por la verdad aunque no haya un condenado.
En tanto, el martes 11 habrá una audiencia clave para saber si habrá jury a tres fiscales del caso: Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro, por mal desempeño de sus funciones.
“Efectivamente, ya presentamos el recurso. Yo ya lo presenté por Valentina y Marcelo Macarrón y este jueves lo hará la doctora Mussolini por Facundo Macarrón”, manifestó a este diario el abogado querellante Liebau.
Por su parte, Mussolini afirmó a Puntal: “El recurso de casación es ante el Tribunal Superior contra la última resolución de la Cámara de Apelaciones”.
Como informó este diario, se dictó el sobreseimiento por prescripción del imputado Roberto Bárzola por el crimen de Nora Dalmasso, acusado de abuso sexual seguido de muerte, a 19 años desde la fecha del deceso.
“Desde la medianoche de la fecha de la comisión del hecho imputado al prevenido hasta la actualidad, han transcurrido casi 19 años. Es decir, un lapso superior al límite temporal que la ley sustantiva establece para la operatividad de la prescripción”, argumentó la Cámara Criminal, Correccional y de Acusación de Segunda Nominación de Río Cuarto.
“De acuerdo con las normas legales aplicables, ante la ausencia de supuestos de suspensión o interrupción del curso de la prescripción, es evidente -estado convictivo de certeza sobre los extremos invocados- que la acción penal en contra de Barzola está prescripta -cuanto menos- desde noviembre del año 2021, y que, en consecuencia, corresponde disponer el sobreseimiento total del imputado”, agregaron.
Tras el fallo, la familia Macarrón decidió apelarlo.
Entre otras cosas, fundamentó lo siguiente:
- “La resolución cuestionada contiene fallas en la aplicación de la ley y vicios formales originados en la carencia o deficiente fundamentación, al no haber dado respuesta a los planteos de los (verdaderos) recurrentes o haberlo hecho de manera incompleta”.
- “Asimismo, esta querella aprecia que se ha dictado sentencia ‘ultra petita’ e ‘in peius’ de la parte que represento, para luego aplicar erróneamente la ley sustantiva en cuanto refiere a los delitos atribuidos al señor Roberto Bárzola”.
- “El agravio de naturaleza definitiva que el resolutorio reviste en tanto destinatarios de la pérdida del acceso a la jurisdicción en virtud del total y definitivo cierre del proceso decidido con relación al señor Roberto Bárzola, lo cual incluye el ‘juicio por la verdad’ que había ordenado el señor juez de Control, legitima su aptitud personal para recurrir”.
- “Corresponde que revoque el auto 168 en este aspecto y restablezca la vigencia del pronunciamiento de primera instancia en lo que concierne a la habilitación del juicio por la verdad”.
Además, se dejó en forma expresa la decisión de no unificar las querellas.