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Postergaron la actualización del impuesto sobre los combustibles

De esta manera se asegura que los surtidores no vuelvan a cambiar dos veces en el mismo mes, tras el alza del 10% aplicado a la nafta a comienzos de febrero. "Los cambios en tributos van a precio", admitieron

El gobierno nacional decidió postergar hasta el 1° de junio la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos, prevista desde esta semana, con el objetivo de “asegurar una estabilización y una adecuada evolución de los precios”. En definitiva, no quiso hacer más olas, luego del aumento del 10% habilitado para los surtidores desde comienzos de este mes.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial, a través del decreto 98/2022.

“Tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles”, sostiene en los considerandos el decreto firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

La norma recuerda que las actualizaciones para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, “se han diferido sucesivamente hasta diversas fechas los efectos de los incrementos en los montos de impuesto fijados en la Ley 23.966 de impuestos sobre combustibles líquidos” .

“En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha, y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable postergar para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil los efectos de los incrementos en los montos de impuesto establecidos en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del primer párrafo del artículo 7° y en el primer párrafo del artículo 11, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, derivados de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre calendario del año 2021”, agrega el decreto.

De esta forma, “los incrementos en los montos de impuesto que resulten de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre calendario del año 2021, (...) surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de junio de 2022, inclusive”, dispuso la norma.