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San Luis y Córdoba consensuaron protocolos para ingresar a la provincia puntana

El entendimiento se produjo en virtud del reclamo que mantenían distintos trabajadores para desarrollar sus respectivas actividades. La Corte Suprema dictó una resolución pidiendo información de las medidas adoptadas por las dos jurisdicciones.

A través del diálogo iniciado por San Luis y Córdoba, junto a distintos trabajadores que reclamaban flexibilizaciones para ingresar al territorio puntano, se consensuaron protocolos que permitirían el desplazamiento de cordobeses que deben desarrollar distintas actividades en la provincia vecina.

En la ocasión fueron establecidas dos formas para entrar a San Luis y regresar a Córdoba. Una de ellas prevé la permanencia por 14 horas, con la posibilidad de ser extendida a 20 horas, y la segunda pauta contempla el ingreso con una cuarentena corta en el establecimiento que hubieran informado.

En ambos casos exigirán hisopados con resultado negativo con 48 horas de antelación. También será requisito completar documentación que estará disponible en el sitió Produccion.sanluis.gov.ar.

Las medidas se analizaron en el marco de una reunión virtual de la que participaron representantes de los vecinos que estaban pidiendo flexibilizaciones, además de Agustín Martinez y Juan Lavandeira del Ministerio de Producción de San Luis y a Marcos Blanda del Ministerio de Producción de Córdoba.

Resolución de la Corte Suprema

Mientras tanto, en las últimas horas se conoció una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, adonde llegó el planteo de los trabajadores cordobeses mediante una presentación judicial liderada por distintas entidades.

El dictamen resolvió "requerir a las Provincias de San Luis y de Córdoba que informen al Tribunal, en el plazo de tres (3) días, cuáles son las medidas -de cualquier índole- y protocolos de ingreso a sus jurisdicciones territoriales, adoptados por cualquier autoridad provincial, que rigen en la actualidad respecto de las zonas limítrofes entre ellas, particularmente en lo que concierne al cierre de rutas, nacionales y provinciales, y caminos vecinales; y, en su caso, cuáles serían las razones que podrían justificar que se impida el ingreso a sus territorios de ciudadanos que, provenientes de la otra provincia involucrada, posean su residencia, sitio de tratamiento médico propio o de personas bajo su asistencia, lugar de trabajo o unidades de producción en ellos".